¿Sabía usted que no cualquier empresa o técnico puede hacerse cargo de instalar y mantener los ascensores de un edificio?
Una noche, Alberto toma el ascensor de su edificio hacia su departamento en el noveno piso. A mitad de camino, el ascensor se detiene sin razón. Por el comunicador de emergencia habla con el conserje de turno, para pedirle explicaciones. El conserje le contesta que el administrador dejó de llamar la empresa que hacía la mantención de los ascensores, ya que no estaba inscrita en “el registro”. “¿De qué registro me habla?”, dice Alberto, quien no sabe que no cualquier empresa o técnico puede hacerse cargo de instalar y mantener los ascensores de un edificio.
¿Quién es el responsable de la mantención de los ascensores?
El propietario del edificio, quien debe firmar los contratos que correspondan para ello. En el caso de los condominios, el administrador del edificio.
¿Quién debe pagar la mantención de los ascensores?
El propietario del edificio. En caso de un condominio, se puede financiar con los fondos de los gastos comunes.
¿Cualquier técnico o empresa puede instalar y hacer la mantención a un ascensor?
No, sólo los profesionales y empresas dedicados a la instalación y mantención de ascensores que estén inscritos en el Registro Nacional de Instaladores, Mantenedores y Certificadores de Ascensores, que depende del Ministerio de Vivienda (MINVU) y que fue creado específicamente para este tema.
¿Se debe acreditar que los ascensores están cumpliendo con su mantención?
Sí, el propietario del edificio debe tener un certificado que acredite que los ascensores están en condiciones óptimas. El certificado lo debe hacer una empresa o profesional inscrito en el mencionado Registro y ser expuesto en una parte visible del ascensor.
¿Hay sanciones a los técnicos o empresas por mala instalación o mantención de los ascensores?
--Fallas leves, serán sancionadas con multas de hasta 50 UF y amonestación por escrito.
--Fallas graves, que pongan en riesgo la seguridad de las personas, incumplimiento de plazos, reincidencia en una infracción leve en un período de dos años y emitir certificaciones erróneas, serán castigadas con multa de hasta 100 UF y suspensión hasta por un año del Registro.
--Las fallas que provoquen daño a la seguridad de las personas, lesiones o muerte, reincidencia en una falta grave en un período de dos años, emitir certificaciones falsas y ser condenado en Tribunales por casos derivados de sus servicios, serán castigadas con multa de hasta 150 UF, eliminación del Registro o suspensión por hasta tres años.
Una noche, Alberto toma el ascensor de su edificio hacia su departamento en el noveno piso. A mitad de camino, el ascensor se detiene sin razón. Por el comunicador de emergencia habla con el conserje de turno, para pedirle explicaciones. El conserje le contesta que el administrador dejó de llamar la empresa que hacía la mantención de los ascensores, ya que no estaba inscrita en “el registro”. “¿De qué registro me habla?”, dice Alberto, quien no sabe que no cualquier empresa o técnico puede hacerse cargo de instalar y mantener los ascensores de un edificio.
¿Quién es el responsable de la mantención de los ascensores?
El propietario del edificio, quien debe firmar los contratos que correspondan para ello. En el caso de los condominios, el administrador del edificio.
¿Quién debe pagar la mantención de los ascensores?
El propietario del edificio. En caso de un condominio, se puede financiar con los fondos de los gastos comunes.
¿Cualquier técnico o empresa puede instalar y hacer la mantención a un ascensor?
No, sólo los profesionales y empresas dedicados a la instalación y mantención de ascensores que estén inscritos en el Registro Nacional de Instaladores, Mantenedores y Certificadores de Ascensores, que depende del Ministerio de Vivienda (MINVU) y que fue creado específicamente para este tema.
¿Se debe acreditar que los ascensores están cumpliendo con su mantención?
Sí, el propietario del edificio debe tener un certificado que acredite que los ascensores están en condiciones óptimas. El certificado lo debe hacer una empresa o profesional inscrito en el mencionado Registro y ser expuesto en una parte visible del ascensor.
¿Hay sanciones a los técnicos o empresas por mala instalación o mantención de los ascensores?
--Fallas leves, serán sancionadas con multas de hasta 50 UF y amonestación por escrito.
--Fallas graves, que pongan en riesgo la seguridad de las personas, incumplimiento de plazos, reincidencia en una infracción leve en un período de dos años y emitir certificaciones erróneas, serán castigadas con multa de hasta 100 UF y suspensión hasta por un año del Registro.
--Las fallas que provoquen daño a la seguridad de las personas, lesiones o muerte, reincidencia en una falta grave en un período de dos años, emitir certificaciones falsas y ser condenado en Tribunales por casos derivados de sus servicios, serán castigadas con multa de hasta 150 UF, eliminación del Registro o suspensión por hasta tres años.
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