Héctor es un trabajador que, pese a todo su esfuerzo, gana lo justo para mantener a su familia mes a mes. Pero cuando su madre viuda se queda sin casa y él debe acogerla en su hogar, se angustia porque ve que su sueldo ya no le alcanzará para todos. Héctor no sabe que puede obtener ayuda monetaria del Estado ante esa boca extra que alimentar.
¿Qué es la asignación familiar?
Un subsidio estatal que consiste en una suma de dinero por cada carga familiar de un trabajador.
¿Quiénes pueden recibir una asignación familiar?
-- Todos los trabajadores dependientes de los sectores públicos y privado.
-- Los trabajadores que estén recibiendo un subsidio (cesantía, de incapacidad laboral o de accidente del trabajo o enfermedad profesional).
-- Ciertos trabajadores independientes como taxistas y suplementeros.
-- Pensionados de cualquier régimen previsional.
-- Quienes reciben pensión de viudez y la madre de los hijos del trabajador o pensionado que reciba cierta pensión especial.
-- Instituciones estatales, o reconocidas por el Estado, que se encarguen de niños huérfanos, abandonados o inválidos.
-- Las personas que tengan menores a su cargo, como medida de protección dispuesta por sentencia judicial. ¿Quiénes se consideran “causantes” de esta asignación?
-- La cónyuge y el cónyuge inválido.
-- Los hijos y los adoptados hasta los 18 años. Los mayores de edad y hasta los 24 años, solteros, que estudien en instituciones del Estado o reconocidas por éste. Hijastros e inválidos de cualquier edad.
-- Los nietos y bisnietos, huérfanos de padre y madre o abandonados por éstos.
-- La madre viuda.
-- Los ascendientes (padre, madre, abuelo, abuela, bisabuelo, etc.) mayores de 65 años.
-- Los niños huérfanos o abandonados y los inválidos que estén a cargo de instituciones del Estado o reconocidas por éste, para su crianza y mantención.
-- Los menores que estén al cuidado de personas por una medida de protección judicial.
¿De cuánto es el monto de la asignación?
El monto mensual por cada carga se calcula sobre la base de lo que el trabajador gane:
-- Ingreso mensual hasta $177.212: $6.776
-- Ingreso mensual entre $177.212 y $298.028: $4.902
-- Ingreso mensual entre $298.028 y $464.823: $1.549
-- Ingreso mensual superior a $464.823: $0
-- Los inválidos, cualquiera sea su edad, tienen derecho al doble de la asignación correspondiente.
¿Dónde se solicita?
-- Caja de Compensación.
-- Instituto de Previsión Social, IPS (Ex INP).
-- Repartición del sector público en que se desempeña el beneficiario.
-- Mutualidades, tratándose de pensionados de la Ley de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
-- AFP o compañía de seguros, respecto de pensionados por el actual sistema de pensiones.
¿Dónde se cobra la asignación familiar?
-- Trabajadores dependientes: Paga el empleador junto con el sueldo.
-- Trabajadores independientes: De las cotizaciones que deben hacer en su sistema de previsión, restan el monto que corresponde.
-- Pensionados: paga la misma entidad que le paga la pensión.
-- Subsidios de cesantía: se les paga junto con el subsidio..
¿Qué es la asignación familiar?
Un subsidio estatal que consiste en una suma de dinero por cada carga familiar de un trabajador.
¿Quiénes pueden recibir una asignación familiar?
-- Todos los trabajadores dependientes de los sectores públicos y privado.
-- Los trabajadores que estén recibiendo un subsidio (cesantía, de incapacidad laboral o de accidente del trabajo o enfermedad profesional).
-- Ciertos trabajadores independientes como taxistas y suplementeros.
-- Pensionados de cualquier régimen previsional.
-- Quienes reciben pensión de viudez y la madre de los hijos del trabajador o pensionado que reciba cierta pensión especial.
-- Instituciones estatales, o reconocidas por el Estado, que se encarguen de niños huérfanos, abandonados o inválidos.
-- Las personas que tengan menores a su cargo, como medida de protección dispuesta por sentencia judicial. ¿Quiénes se consideran “causantes” de esta asignación?
-- La cónyuge y el cónyuge inválido.
-- Los hijos y los adoptados hasta los 18 años. Los mayores de edad y hasta los 24 años, solteros, que estudien en instituciones del Estado o reconocidas por éste. Hijastros e inválidos de cualquier edad.
-- Los nietos y bisnietos, huérfanos de padre y madre o abandonados por éstos.
-- La madre viuda.
-- Los ascendientes (padre, madre, abuelo, abuela, bisabuelo, etc.) mayores de 65 años.
-- Los niños huérfanos o abandonados y los inválidos que estén a cargo de instituciones del Estado o reconocidas por éste, para su crianza y mantención.
-- Los menores que estén al cuidado de personas por una medida de protección judicial.
¿De cuánto es el monto de la asignación?
El monto mensual por cada carga se calcula sobre la base de lo que el trabajador gane:
-- Ingreso mensual hasta $177.212: $6.776
-- Ingreso mensual entre $177.212 y $298.028: $4.902
-- Ingreso mensual entre $298.028 y $464.823: $1.549
-- Ingreso mensual superior a $464.823: $0
-- Los inválidos, cualquiera sea su edad, tienen derecho al doble de la asignación correspondiente.
¿Dónde se solicita?
-- Caja de Compensación.
-- Instituto de Previsión Social, IPS (Ex INP).
-- Repartición del sector público en que se desempeña el beneficiario.
-- Mutualidades, tratándose de pensionados de la Ley de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
-- AFP o compañía de seguros, respecto de pensionados por el actual sistema de pensiones.
¿Dónde se cobra la asignación familiar?
-- Trabajadores dependientes: Paga el empleador junto con el sueldo.
-- Trabajadores independientes: De las cotizaciones que deben hacer en su sistema de previsión, restan el monto que corresponde.
-- Pensionados: paga la misma entidad que le paga la pensión.
-- Subsidios de cesantía: se les paga junto con el subsidio..
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